Representamos a víctimas de accidentes y de accidentes de tránsito en los procesos Civiles y Penales para obtener el 100% de sus indemnizaciones. Somos abogados ubicados en las ciudades de Cali, Palmira, Bogotá, Medellín e Ibagué.
No firmes desistimientos ni te dejes convencer de indemnizaciones que no sean proporcionales al daño que sufriste.
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Representamos a víctimas de Constructoras y Fiduciarias inmobiliarias, que administren erróneamente los recursos de los compradores. Muchas personas invierten sus ahorros en un proyecto sobre planos con el objetivo de obtener su apartamento o casa, pero no se las entregan y se pierde el dinero.
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Representamos a víctimas de fallas en los diagnósticos y tratamientos médicos por parte de sus EPS e IPS o de su médico de confianza. Muchas personas sufren daños debido a las negligencias médicas que causan dolor y perdidas, los cuales requieren de conocimientos científicos para ganar los procesos.
Iniciar un proceso no es sinónimo de ganar el proceso.
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Representamos a víctimas de las imprudencias y negligencia de los empleadores en los procesos de culpa patronal ante los Jueces laborales. Muchas personas sufren daños a causa de que el empleador no suministra los recursos necesarios para evitar accidentes .
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Representamos a víctimas de las prácticas abusivas de las aseguradoras, quienes cuando ocurre el siniestro niegan el pago de los seguros. Muchas personas compran seguros con la confianza de recibir el dinero de la póliza cuando ocurra el hecho asegurado, pero algunas aseguradoras abusando de su poder dominante lo niegan sin justificación.
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REPARE cuenta con un grupo de abogados capacitados para asesorar jurídica y técnicamente clientes en todo lo referente a accidente de tránsito.
Llegamos al lugar del accidente y lo representamos.
Se verifica la hipótesis realizada por el agente de tránsito, representamos a las víctimas ante los abogados de las aseguradoras, realizamos las gestiones ante las clínicas para la atención médica y Ante las funerarias para los servicios exequiales, hacemos el análisis de las pólizas que se deben afectar y asesoramos en la inmovilización de los vehículos.
Nuestros peritos toman las versiones iniciales, vídeos fílmicos, huellas de arrastre, huellas de frenado y se le brinda todo el acompañamiento a los lesionados o familiares de la víctima en la reconstrucción del accidente.
En REPARE representamos a las víctimas del accidente de tránsito y a los indiciados de los delitos de lesiones personales y homicidio en la etapa de investigación, en las conciliaciones, en la imputación, en la acusación, en la preparatoria, juicio oral e incidente de reparación integral.
La víctima de lesiones personales del accidente de tránsito debe Interponer la querella en la fiscalía suites de los seis (5) meses siguientes al accidente para poder ser remitida a Medicina Legal y a la junta de invalidez, con el objetivo de obtener la calificación de las secuelas.
También debe asistir a las audiencias de conciliación, entrevistas y audiencias del proceso.
La víctima del delito de homicidio es representada en todo el proceso penal, desde la audiencia de Imputación hasta el incidente de reparación integral.
Con todo nuestro profesionalismo y conocimiento, realizamos la presentación del proceso penal, pero teniendo como objetivo la Indemnización a la víctima, cuyo camino más efectivo es el proceso civil.
En REPARE presentamos la reclamación a las aseguradoras teniendo presente la cobertura de la póliza de responsabilidad civil del carro responsable y el daño sufrido por la víctima; el perjuicio es liquidado por un técnico experto en liquidación de indemnización para que la víctima tenga claridad de cuánto es el 100% de la indemnización. Por conceptos como la confesión del perjuicio, interrupción de la prescripción.
No firmar desistimientos.
Siempre que somos víctimas de un accidente de tránsito, a la clínica o funerarias se presentan los abogados de las aseguradoras o propietarios de vehículos para convencer a las víctimas de firmar desistimientos de perjuicios.
En REPARE le indicamos, le aconsejamos a las víctimas que no permitan que la ansiedad, la angustia o la desesperación los invadan y firmen desistimientos sin tener claridad de las consecuencias dañinas del accidente.
Es la comunicación que debe realizar la víctima del accidente de tránsito a la fiscalía para que inicie la investigación del delito de lesiones personales culposas. Esta se debe interponer dependiendo de dos aspectos: si el vehículo culpable está asegurado, se le aconseja a la víctima que primero retire la moto y después interponga la querella; si no está asegurado, se debe interponer al otro día del accidente.
En Cali, la querella se interpone en la Calle 10 con Carrera 5, al frente de la Plazoleta de San Francisco y se debe anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150% y fotocopia del informe de tránsito.
Al retirar los vehículos se pueden presentar dos eventos: 1) La víctima no ha interpuesto la querella, en este caso los vehículos solo se pueden retirar de patios oficiales, una vez hayan transcurrido cinco (5) días después del accidente. 2) La víctima interpuso la querella antes de retirar el vehículo; se debe esperar que al caso le asignen fiscal y solicitar la entrega del vehículo directamente a la fiscalía.
Si resulta lesionado o un familiar perdió la vida en un accidente de tránsito, lo que primero debe determinar es quién fue el responsable del accidente y quiénes son las personas obligadas a responder por la lesión; para ello debemos identificar si el vehículo del conductor responsable tenia aseguradora, cuál era la cobertura y las exclusiones de la póliza.
Existen muchas dudas sobre quién es el responsable del pago de las incapacidades a las víctimas del accidente de tránsito; se debe precisar los siguientes puntos: El responsable del pago de incapacidades siempre son el empleador, la EPS, la ARL y el fondo de pensiones; el conductor, el propietario o la aseguradora de RC solo pagan lucro cesante y el SOAT no paga incapacidades mensuales; reconoce una indemnización por incapacidad permanente, pero para ello debe tener la prueba de la pérdida de Capacidad Laboral.
Las víctimas debemos tener presente que el trámite iniciado con la querella es un proceso penal, el cual es poco efectivo porque lo que realmente pretendemos es un tema indemnizatorio, es decir, de reparación de daño que es un tema netamente civil.
En REPARE contamos con peritos expertos en la reconstrucción del accidente de tránsito; quienes apoyan a los abogados determinan si la hipótesis de la autoridad de tránsito corresponde a lo que realmente pasó al momento del impacto.
Representamos a víctimas de accidentes y de accidentes de tránsito en los procesos Civiles y Penales para obtener el 100% de sus indemnizaciones. Somos abogados ubicados en las ciudades de Cali, Palmira, Bogotá, Medellín e Ibagué.
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